Lo primero: ¿estás preparado?
Antes de hacer un solo trámite, conviene tener claro el coste real de tener un empleado y si tu negocio puede soportarlo de forma sostenida.
La regla de oro: un empleado cuesta aproximadamente 1,4 veces su sueldo bruto (en costes brutos para ti como empleador).
Ejemplo concreto
Le ofreces 1.500€ brutos/mes a tu empleado. Tu coste real:
| Concepto | Importe mensual |
|---|---|
| Sueldo bruto | 1.500€ |
| Cotización empresarial Seg. Social (~30%) | 450€ |
| Provisión vacaciones y pagas extra | 250€ |
| TOTAL COSTE EMPRESA | ~2.200€ |
Esto sin contar contingencias: bajas, indemnización por despido, formación, equipo (ordenador, móvil), espacio físico si trabajáis presencial.
Regla práctica: no contrates si no puedes pagar 6 meses de sueldo del empleado en caso de que el negocio bajara. Si tienes la caja, adelante.
Paso 1: Decidir qué tipo de contrato
España tiene básicamente 3 contratos vivos desde la reforma laboral de 2022:
A) Contrato indefinido (el habitual)
Es el contrato por defecto desde 2022. No tiene fecha de fin y el despido tiene indemnización (33 días/año trabajado para contratos posteriores a 2012, máximo 24 meses).
Cuándo usar: cuando la actividad es estable, esperas que la persona dure 1+ años.
Bonificaciones disponibles:
- Si contratas a una persona menor de 30 años o mayor de 45: bonificación de hasta 5.500€/año durante 3 años.
- Si contratas a una persona con discapacidad reconocida: hasta 6.300€/año + reducciones de cuota.
B) Contrato temporal por circunstancias de la producción
Para picos puntuales y excepcionales de actividad (campaña navideña, evento, exceso de pedidos). Duración máxima: 6 meses ampliables 6 más. Pasados los 12 meses, se convierte automáticamente en indefinido.
Indemnización al fin del contrato: 12 días por año trabajado.
C) Contrato formativo (becarios y aprendizaje)
Solo para personas con titulación reciente o en formación. Hay 2 modalidades:
- Contrato formativo en alternancia (estudio + trabajo, hasta 2 años).
- Contrato formativo de obtención de práctica profesional (recién titulados, máx. 1 año).
Cuándo usar: si quieres formar a alguien junior y tienes capacidad para asumir su curva de aprendizaje. Coste menor (cuota reducida y sueldo de convenio + bonificaciones).
Paso 2: Inscribir tu empresa en la Seguridad Social
Como autónomo, ya estás dado de alta como trabajador. Pero para contratar a alguien necesitas darte de alta también como empresa empleadora.
Trámite: solicitar Código de Cuenta de Cotización (CCC) en la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Online: sede.seg-social.gob.es → "Inscripción y NAF de empresa" → modelo TA.6
- Necesario: certificado digital, IBAN, datos del centro de trabajo.
- Plazo: se obtiene en 24-48h online.
Coste del CCC: 0€. Es solo un código administrativo.
Paso 3: Comunicar la apertura del centro de trabajo
Antes de que el empleado empiece, debes comunicar a la autoridad laboral autonómica que has abierto un centro de trabajo. Trámite gratuito, online a través del portal de la consejería de empleo de tu CCAA.
Atención: este trámite se olvida con frecuencia. La sanción por no comunicar la apertura del centro va de 626€ a 6.250€. Hazlo el mismo día que solicitas el CCC.
Paso 4: Afiliar y dar de alta al trabajador
Ya con CCC, tienes que afiliar al empleado en la Seguridad Social antes de que empiece a trabajar (no el mismo día, no después).
- Online: Sistema RED → "Afiliación e Inscripción" → modelo TA.2/S.
- Necesitas: DNI/NIE del trabajador, su número de afiliación a la Seg. Social (NASS), tipo de contrato, fecha de inicio, jornada.
Plazo crítico: la afiliación debe estar registrada como mínimo el día anterior al inicio de la actividad. Si lo haces el mismo día, ya hay sanción.
Sanción por trabajador no dado de alta: entre 7.500€ y 225.000€ por trabajador. La AEAT y la Inspección de Trabajo cruzan datos automáticamente con bancos y testigos. NUNCA empieces a trabajar con alguien sin estar de alta.
Paso 5: Firmar el contrato
Documento físico o electrónico firmado por ambas partes antes de que empiece la actividad.
Contenido obligatorio mínimo:
- Identificación de empresa y trabajador
- Tipo de contrato y duración (si temporal)
- Categoría profesional según convenio
- Sueldo bruto anual + complementos
- Jornada y horario
- Vacaciones (mínimo 30 días naturales/año)
- Periodo de prueba (máx. 6 meses para indefinidos, 2 meses para temporal)
- Convenio colectivo aplicable
El convenio colectivo es clave. El convenio sectorial (o de tu CCAA) establece el sueldo mínimo de cada categoría, jornada máxima, antigüedad, complementos obligatorios, etc. Saltarlo es uno de los problemas más comunes (y caros) del autónomo empleador.
Hay modelos oficiales de contrato en sepe.es. También cualquier gestoría te genera un contrato correcto.
Paso 6: Comunicar el contrato al SEPE
Una vez firmado, en un plazo de 10 días naturales debes comunicar el contrato al SEPE a través del sistema Contrat@.
- contrata.empleo.gob.es con certificado digital
- Subes el contrato + datos básicos
- Inmediato; te devuelven un justificante.
Paso 7: Configurar las nóminas
A partir del primer mes con empleado, tienes que pagarle nómina mensualmente y presentar:
| Modelo | Frecuencia | Para qué |
|---|---|---|
| Nóminas | Mensual | Documento que se entrega al empleado |
| TC1/TC2 | Mensual | Comunicación a la Seg. Social (vía sistema RED) |
| Modelo 111 | Trimestral | Retención IRPF del empleado a Hacienda |
| Modelo 190 | Anual (enero) | Resumen anual de retenciones |
Y pagar:
- Cuota patronal Seg. Social cada mes (sobre el 30% del bruto, ingresada a través del Modelo TC1).
- Sueldo neto al empleado por transferencia, idealmente en los primeros 5 días del mes siguiente.
Calcular nóminas a mano = error garantizado. Usa software de nóminas (Holded, FactorialHR, A3) o delega en gestoría.
Paso 8: Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Por ley, debes ofrecer al empleado:
- Evaluación de riesgos del puesto de trabajo.
- Formación inicial en PRL al incorporarse.
- Vigilancia de la salud: reconocimiento médico anual (puede rechazarlo por escrito el trabajador).
Para una empresa de menos de 25 trabajadores, puedes contratar un Servicio de Prevención Ajeno (SPA) que se encarga de todo por 150-400€/año.
Coste total real: simulación 12 meses
Empleado con sueldo bruto 1.500€/mes, contrato indefinido, sin bonificaciones:
| Concepto | Anual |
|---|---|
| Sueldo bruto × 14 pagas | 21.000€ |
| Cotización empresarial Seg. Social (30%) | 6.300€ |
| SPA (Prevención) | 250€ |
| Vacaciones cubiertas (ya en bruto) | — |
| Equipamiento inicial | 800€ |
| Total año 1 | ~28.350€ |
Es decir, contratar a un empleado de 1.500€/mes te cuesta aproximadamente 28.000-30.000€/año. Que tu negocio sostenga ese coste de forma estable durante 12+ meses es la regla de oro para contratar bien.
Errores típicos del primer empleador
- Empezar a trabajar antes del alta en SS — sanción mínima 7.500€.
- No tener en cuenta el convenio colectivo — sueldo por debajo del convenio = reclamación legal del trabajador.
- Olvidar el modelo 111 — retenciones impagadas son un problema serio.
- No comunicar la apertura del centro de trabajo — sanción 626€-6.250€.
- No firmar PRL — sanción más una posible responsabilidad penal si hay accidente.
- Pagar parte en negro "para que cobres más" — fraude laboral, ambas partes responsables.
- No prever el coste real — el 30% extra en SS te puede asfixiar el cashflow si no estaba previsto.
- No formalizar despido correctamente — un despido mal hecho = improcedente = indemnización ampliada.
¿Conviene un gestor laboral?
Para el primer empleado, sí, casi seguro. La gestión laboral (no fiscal) tiene reglas distintas y muy específicas:
- Cálculo correcto de nóminas según convenio
- Presentación TC1, TC2, modelos
- Comunicaciones a SEPE y Seguridad Social
- Asesoramiento en bajas, vacaciones, sanciones
- Gestión del despido en caso de tener que rescindir
Una gestoría laboral profesional cuesta entre 40-80€/mes por empleado. Es barato comparado con el coste de un error.
Resumen rápido
- Asegúrate de poder pagarlo 6 meses sin negocio: regla del colchón.
- Decide tipo de contrato: indefinido por defecto, formativo si junior, temporal solo para picos.
- Solicita el CCC (modelo TA.6) en la Seg. Social.
- Comunica la apertura del centro de trabajo a tu CCAA.
- Da de alta al trabajador ANTES de que empiece.
- Firma contrato + comunícalo al SEPE en 10 días.
- Mensualmente: paga nómina, ingresa TC1, paga al SEPE.
- Cumple PRL con un SPA externo.
Si estás contratando tu primer empleado, no te metas tú solo en las nóminas. El tiempo y los errores que te ahorras pagando una gestoría laboral (40-80€/mes) compensan ampliamente.