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Facturación 10 min de lectura

IVA OSS (Ventanilla Única): cómo facturar a consumidores de la UE como autónomo (2026)

Si vendes productos o servicios digitales a particulares en otros países de la UE, no aplicas IVA español sino el del país del comprador. El régimen OSS te permite declararlo todo en un único modelo trimestral en España. Guía completa.

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Zerogest31 de mayo de 2026
Lo esencial

Si vendes productos o servicios digitales a particulares en otros países de la UE, no aplicas IVA español sino el del país del comprador. El régimen OSS te permite declararlo todo en un único modelo trimestral en España. Guía completa.

Qué es la Ventanilla Única (OSS)

El OSS (One-Stop Shop, Ventanilla Única) es un régimen especial de IVA en vigor desde el 1 de julio de 2021 que simplifica la fiscalidad de las ventas a consumidores finales (B2C) en otros países de la UE.

Antes de 2021: si vendías a particulares en Francia más de un umbral concreto, tenías que darte de alta del IVA en Francia, presentar declaraciones en Francia, y lo mismo para cada país UE donde superaras el umbral. Un infierno para autónomos digitales.

Desde 2021: te das de alta en el OSS en España una sola vez, declaras todas las ventas UE en un único modelo trimestral (el 369) y la AEAT redistribuye el IVA a cada país. Cero gestiones en países extranjeros.

Importante: el OSS es un régimen opcional pero recomendado. Si no te das de alta y superas los umbrales, te obliga a registrarte en cada país. Si te das de alta en OSS, eliges declarar TODO ahí desde el primer euro (incluso por debajo del umbral).

¿Cuándo necesitas el OSS?

Cumples los tres requisitos a la vez:

  1. Eres autónomo o empresa con sede en España.
  2. Vendes a consumidores finales (B2C) en otros países UE.
  3. Es venta de bienes a distancia O servicios digitales electrónicos (descargas, SaaS, streaming, ebooks, cursos online sin tutor en vivo, etc.).

Casos en los que SÍ aplica OSS

Operación ¿OSS?
Curso online prabado vendido a particular en Francia (servicio digital B2C)
Ebook descargable vendido a particular en Alemania
Plantilla Figma vendida a particular en Italia
Suscripción SaaS vendida a particular en Portugal
Camiseta enviada a particular en Países Bajos (venta a distancia bienes)
Vela artesanal vendida en Etsy a particular en Bélgica

Casos en los que NO aplica OSS

Operación ¿OSS?
Venta a empresa con NIF-IVA en Francia (B2B) No — va por intracomunitario clásico (349)
Servicio de consultoría EN VIVO a particular en Italia No — no es servicio digital electrónico, va por reglas generales (IVA español)
Venta a particular en Reino Unido No — UK ya no es UE, va por extracomunitario
Venta a particular en USA No — extracomunitario
Curso con tutor en directo via Zoom No — no es "servicio electrónico" automatizado

Truco clave: la diferencia entre "servicio digital electrónico" (sí OSS) y "servicio prestado online" (no OSS) está en si requiere intervención humana mínima/nula. Una clase con profesor en directo NO es electrónico. Una grabación descargable SÍ.

El umbral de los 10.000€

Existe un umbral conjunto para el total de tus ventas B2C UE en el año:

  • Si NO superas 10.000€/año en ventas a particulares UE: aplicas IVA español en todas las facturas (régimen general).
  • Si superas 10.000€/año: OBLIGADO a aplicar el IVA del país del comprador. Puedes optar entre:
    • Registrarte en cada país (caos)
    • Usar el OSS (recomendado)

Truco: aunque no llegues al umbral, puedes optar voluntariamente al OSS. Si tu mayoría de clientes están en países con IVA más bajo que España (Alemania 19%, Francia 20%, vs España 21%), eso significa que tu cliente paga menos y tú compites mejor en precio.

Tipos de IVA en la UE (resumen 2026)

Cada país tiene su tipo. Los más comunes en B2C digital:

País IVA general IVA reducido (ebooks/cursos a veces)
Alemania 19% 7%
Francia 20% 5,5% / 10%
Italia 22% 5% / 10%
Países Bajos 21% 9%
Bélgica 21% 6%
Portugal 23% 6% / 13%
Polonia 23% 5% / 8%
Suecia 25% 6% / 12%
Dinamarca 25% No hay reducido
Luxemburgo 17% 3% / 8% (el más bajo)
Hungría 27% 5% / 18% (el más alto)

Tu plataforma de venta (Stripe, Shopify, Lemon Squeezy, Paddle, etc.) suele calcular el IVA automáticamente según el país del comprador. Verifica que esté configurado, porque si está en "IVA España siempre" estás haciendo mal la facturación.

Cómo darse de alta en el OSS

Paso 1: Modelo 035 (Alta en régimen OSS)

El modelo 035 es la declaración de inicio/modificación/baja del régimen OSS.

  1. Entra en sede.agenciatributaria.gob.es con certificado digital o Cl@ve.
  2. Ruta: Todas las gestionesImpuestos y tasasIVAOSS - Régimen de Ventanilla ÚnicaModelo 035.
  3. Selecciona "Régimen de la Unión" (es el que aplica a residentes españoles).
  4. Rellenas datos identificativos, fecha de inicio de la actividad OSS, países a los que vas a vender.
  5. Firmas con certificado digital.

El alta es inmediata. Te dan número OSS al momento.

Cuándo presentar el 035: antes del primer trimestre en que vayas a usar el OSS. Si te das de alta el 5 de enero, el primer trimestre OSS es enero-marzo. Si te das de alta el 10 de abril, el primer trimestre OSS es abril-junio.

Paso 2: Configura tu plataforma de venta

Asegúrate de que tu Stripe/Shopify/Paddle/etc. esté en modo "Cobrar IVA del país del comprador":

  • Stripe Tax: activar en Settings → Tax → Origin: Spain → Add registrations → European Union (OSS). Stripe calcula y reporta automáticamente.
  • Shopify: Settings → Taxes → European Union → One-Stop Shop. Marca todos los países.
  • Lemon Squeezy, Paddle, Gumroad: son Merchant of Record — ellos gestionan el IVA por ti. NO necesitas OSS si vendes 100% por ahí (pero pierdes margen).

Paso 3: Modelo 369 trimestral

Cada trimestre presentas el modelo 369 (declaración OSS) con:

  • Ventas a cada país UE
  • IVA correspondiente (calculado al tipo del país comprador)
  • Total IVA a pagar a la AEAT (que luego redistribuye)

Plazos: similar al 303 pero con +20 días extra. Q1 va hasta el 20 de abril, Q2 hasta 20 julio, etc.

Importante: el OSS NO sustituye al modelo 303. El 303 sigue siendo obligatorio para ventas dentro de España + compras intracomunitarias + retenciones. El 369 es adicional y solo cubre ventas B2C UE.

Ejemplo práctico

Eres autónomo en España vendiendo un curso online de 100€ (sin IVA). En Q1 2026 vendes:

Comprador Ventas IVA aplicado IVA cobrado
Particular en España 30 × 100€ = 3.000€ 21% 630€
Particular en Francia 15 × 100€ = 1.500€ 20% 300€
Particular en Alemania 10 × 100€ = 1.000€ 19% 190€
Particular en Italia 8 × 100€ = 800€ 22% 176€
Empresa francesa con NIF-IVA 1 × 100€ = 100€ 0% (intracomunitario) 0€
Particular en USA 5 × 100€ = 500€ 0% (extracomunitario) 0€

Declaraciones del trimestre:

  • Modelo 303 (IVA España): declara los 3.000€ de ventas España con su IVA de 630€.
  • Modelo 369 (OSS): declara las ventas a Francia (1.500€/300€), Alemania (1.000€/190€), Italia (800€/176€). Total a pagar a la AEAT vía OSS: 666€.
  • Modelo 349 (intracomunitario): declara la venta de 100€ a la empresa francesa con su NIF-IVA.
  • EE.UU.: no se declara en ningún modelo de IVA UE (puede haber otras obligaciones según volumen).

Errores típicos

  1. No darse de alta en OSS y superar los 10.000€. Si Hacienda detecta ventas a UE sin OSS ni alta en países, sanciones por no declarar IVA en el país correcto.

  2. Cobrar IVA español a todos los clientes UE. Si superas el umbral, los clientes franceses están pagando IVA español del 21% cuando deberían pagar IVA francés del 20%. Tu factura es inválida y el cliente puede reclamarte.

  3. Confundir OSS con ROI. El ROI es para operaciones B2B intracomunitarias (entre empresas con NIF-IVA). El OSS es para B2C (a consumidores finales sin NIF-IVA). Son regímenes distintos y compatibles.

  4. Olvidar el OSS al cambiar de plataforma. Si pasas de Gumroad (Merchant of Record) a Stripe directo, ahora TÚ eres el responsable del IVA UE. Cambio que requiere alta inmediata en OSS.

  5. No conservar registros de país del comprador. El OSS exige que conserves dos pruebas independientes de la ubicación del comprador (IP, dirección de facturación, BIN de la tarjeta, idioma del navegador, etc.) durante 10 años. Tu plataforma debe guardar esto.

OSS vs IOSS (importación)

No confundir:

  • OSS: B2C dentro de la UE (vendedor UE → comprador UE).
  • IOSS (Import OSS): B2C de fuera UE a UE para bienes ≤150€. No aplica a servicios digitales.
  • Régimen no Unión: para vendedores fuera de la UE que venden servicios digitales a UE (Netflix, Apple…).

Si solo vendes desde España a UE, te interesa OSS (el "régimen de la Unión").

Resumen rápido

  • OSS = declarar IVA UE B2C de todos los países en un único modelo trimestral (369) en España.
  • Umbral: 10.000€/año de ventas UE → obligado. Por debajo, opcional pero recomendado.
  • Alta: modelo 035 en sede AEAT, inmediata.
  • Declaración: modelo 369 trimestral con IVA del país comprador.
  • Plataformas como Stripe/Shopify lo automatizan si está bien configurado.
  • OSS ≠ ROI ≠ 349: distintos modelos para distintos tipos de operación UE.

Si tienes ecommerce o productos digitales y vendes a UE, el OSS no es opcional una vez superas 10.000€. Una gestoría especializada en ecommerce te configura el alta, te conecta la plataforma con la AEAT y te lleva el 369 cada trimestre por menos de lo que cobra un consultor externo por cada país.

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