Qué es una factura simplificada
La factura simplificada es una factura con menos datos obligatorios que la ordinaria. Sustituyó al antiguo "ticket" el 1 de enero de 2013, cuando entró en vigor el Reglamento de Facturación (RD 1619/2012).
El ticket, como figura legal, ya no existe. Lo que sale de la caja registradora de un bar es una factura simplificada. El nombre coloquial se mantuvo, pero el régimen jurídico cambió.
La diferencia clave respecto a la factura completa: no es obligatorio identificar al destinatario. Por eso funciona en comercio y hostelería, donde nadie va a pedir el NIF a cada cliente.
Cuándo puedes emitir una factura simplificada
Hay dos umbrales, y confundirlos es el error más habitual.
Límite general: 400 € (IVA incluido)
Cualquier autónomo o empresa puede emitir factura simplificada en operaciones cuyo importe no exceda de 400 €, IVA incluido.
Límite ampliado: 3.000 € (IVA incluido)
En determinados sectores el límite sube a 3.000 € IVA incluido. La lista del artículo 4 del Reglamento de Facturación incluye, entre otros:
| Actividad |
|---|
| Ventas al por menor (incluidas las ventas a domicilio del comerciante minorista) |
| Ventas o servicios en ambulancia |
| Ventas o servicios a domicilio del consumidor |
| Transporte de personas y sus equipajes |
| Servicios de hostelería y restauración |
| Salas de baile y discotecas |
| Servicios telefónicos en cabinas o tarjetas magnéticas |
| Servicios de peluquería e institutos de belleza |
| Utilización de instalaciones deportivas |
| Revelado de fotografías y servicios de estudios fotográficos |
| Aparcamiento de vehículos |
| Alquiler de películas |
| Tintorerías y lavanderías |
| Autopistas de peaje |
Fíjate en que los servicios profesionales no están en la lista. Si eres diseñador, abogado, consultor o desarrollador, tu límite es 400 €, no 3.000 €.
La AEAT puede autorizar otros casos
En supuestos justificados, el Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT puede autorizar la emisión de simplificadas a otros sectores. Requiere solicitud expresa; no es algo que puedas asumir por tu cuenta.
Cuándo NO puedes emitir una factura simplificada
Aquí no hay margen: en estas operaciones la factura tiene que ser completa, sea cual sea el importe.
- Entregas intracomunitarias de bienes (art. 25 LIVA). Ver modelo 349.
- Ventas a distancia cuando tributan en España.
- Operaciones localizadas fuera de la Unión Europea en las que el emisor está establecido en el territorio de aplicación del impuesto.
- Operaciones con inversión del sujeto pasivo en las que el destinatario es quien liquida el IVA. Ver inversión del sujeto pasivo.
- Cuando el destinatario la exija porque necesita deducir el IVA o justificar el gasto. Este punto es importante: aunque el importe esté por debajo del límite, si el cliente pide factura completa, estás obligado a dársela.
Qué datos debe llevar una factura simplificada
Son siete, frente a los doce y pico de una factura ordinaria:
| Dato | Obligatorio |
|---|---|
| Número y, en su caso, serie (correlativos) | Sí |
| Fecha de expedición | Sí |
| Fecha de la operación, si es distinta de la de expedición | Sí |
| NIF y nombre o razón social del expedidor | Sí |
| Identificación de los bienes entregados o servicios prestados | Sí |
| Tipo impositivo aplicado y, opcionalmente, la expresión "IVA incluido" | Sí |
| Contraprestación total | Sí |
| Datos del destinatario | No |
| Base imponible desglosada | No |
| Cuota de IVA desglosada | No |
Si aplicas tipos distintos en la misma factura simplificada (por ejemplo, comida al 10% y bebida alcohólica al 21%), tienes que desglosar la contraprestación por cada tipo por separado.
En caso de rectificativa, hay que hacer constar la referencia expresa e inequívoca de la factura simplificada rectificada. El proceso completo está en factura rectificativa: cómo hacerla.
La factura simplificada cualificada: la que sí deduce IVA
Este es el concepto que más confusión genera, y el que más dinero cuesta a los autónomos.
Una factura simplificada normal no permite al destinatario deducirse el IVA, porque no lo identifica. Si te traes un ticket de gasolina sin tus datos, ese IVA no es deducible.
Pero existe la factura simplificada cualificada: la misma factura simplificada, a la que se añaden tres datos:
- NIF del destinatario
- Domicilio del destinatario
- Cuota de IVA repercutida, consignada de forma separada
Con esos tres datos añadidos, la factura simplificada sí da derecho a la deducción del IVA soportado.
Traducción práctica: cuando repostes, comas con un cliente o compres material, pide que te pongan tu NIF y el IVA desglosado en el ticket. No hace falta una factura completa: basta con la simplificada cualificada. Muchos comercios lo hacen en el propio TPV.
Ojo: que el IVA sea deducible por forma no significa que el gasto sea deducible por fondo. Sigue haciendo falta que esté vinculado a la actividad. Ver gastos deducibles: lista completa.
Simplificada vs completa: comparativa
| Aspecto | Factura simplificada | Factura completa |
|---|---|---|
| Límite de importe | 400 € (3.000 € en sectores tasados) | Sin límite |
| Datos del destinatario | No obligatorios | Obligatorios |
| Desglose de base y cuota | No obligatorio | Obligatorio |
| Permite deducir IVA al receptor | Solo si es cualificada | Sí |
| Numeración correlativa | Sí | Sí |
| Se anota en el libro registro de emitidas | Sí | Sí |
| Se puede rectificar | Sí (tipo R5) | Sí |
Cómo se anotan en el libro registro
Las facturas simplificadas van al libro registro de facturas expedidas, igual que las completas. Con una facilidad: se pueden anotar asientos resumen de facturas simplificadas correlativas del mismo periodo, siempre que el total conjunto no supere los 6.000 € y se indique el número inicial y final del rango.
Es lo que hace un bar al cierre de caja: una entrada por el conjunto de tickets del día, no una línea por cliente. Más sobre el registro en libro registro de ingresos y gastos.
Qué cambia con Verifactu
Las facturas simplificadas entran de lleno en el ámbito de Verifactu. No hay una exención por ser tickets.
Eso significa que, cuando el reglamento sea obligatorio:
- Cada simplificada genera su registro de facturación con huella SHA-256 encadenada.
- Cada simplificada lleva su código QR y la mención correspondiente.
- No se puede anular ni editar un ticket ya emitido: se rectifica con tipo R5.
- La caja registradora o el TPV tienen que ser software conforme. Una registradora antigua que solo imprime no cumple.
Este es el punto que va a golpear más fuerte a comercio y hostelería, que es justo donde el volumen de simplificadas es alto. Más contexto en la guía de Verifactu y en qué software Verifactu elegir.
Nota honesta sobre Zerogest: generamos la huella encadenada y el QR en local desde ya. El envío automático a la AEAT está en desarrollo para la Fase 2. Y no cubrimos TicketBAI: si tributas en Bizkaia, Gipuzkoa o Álava, necesitas un software homologado en tu territorio foral. Ver Renta en País Vasco y Navarra.
Errores frecuentes
- Creer que el límite de 3.000 € vale para todos. Solo aplica a la lista tasada. Un consultor que emite una simplificada de 800 € está incumpliendo.
- Emitir simplificada a un cliente que la ha pedido completa. Si te la exige, estás obligado.
- Pensar que el ticket de gasolina deduce IVA sin más. Sin NIF y sin cuota desglosada, no.
- No numerar las simplificadas. La numeración correlativa es obligatoria también aquí.
- Emitir simplificada en una operación intracomunitaria. Prohibido, sea cual sea el importe.
- Trocear una operación de 700 € en dos simplificadas de 350 € para no pasar del límite. Es fraccionamiento artificial y no se sostiene.
Preguntas frecuentes
¿El ticket sigue siendo válido?
Como documento, sí; como figura legal, no. Lo que emites es una factura simplificada. Si tu TPV imprime solo el importe y la fecha, sin tu NIF ni el tipo de IVA, ese documento no cumple el Reglamento.
¿Puedo convertir una simplificada en factura completa después?
No se "convierte": se emite una factura completa que rectifica la simplificada, con la referencia expresa a la simplificada original. Si es en el momento y el cliente lo pide, lo limpio es emitir directamente la completa.
¿Una simplificada cuenta para el modelo 347?
El 347 declara operaciones con terceros por encima de 3.005,06 € anuales con la misma contraparte. Si emites simplificadas sin identificar al cliente, no hay contraparte que declarar. Ver modelo 347.
¿Y si estoy en recargo de equivalencia?
El comercio minorista en recargo de equivalencia emite simplificadas con normalidad. Lo que cambia es tu propia liquidación de IVA. Ver recargo de equivalencia.
¿Tengo que conservar las simplificadas emitidas?
Sí, cuatro años, igual que las completas.
Resumen
- El ticket ya no existe como figura legal: es una factura simplificada.
- Límite general 400 € IVA incluido; 3.000 € solo en la lista tasada del art. 4 (hostelería, comercio minorista, peluquería, transporte de viajeros…).
- Prohibida en entregas intracomunitarias, ventas a distancia, inversión del sujeto pasivo y cuando el cliente exige factura completa.
- Siete datos obligatorios. No hace falta identificar al destinatario.
- La simplificada cualificada (con NIF, domicilio y cuota de IVA desglosada) sí permite deducir el IVA.
- Se pueden anotar en asientos resumen hasta 6.000 € por rango.
- Con Verifactu, cada simplificada llevará huella encadenada y QR, y el TPV tendrá que ser software conforme.
Más lecturas: Cómo emitir una factura electrónica · Factura rectificativa paso a paso · Factura proforma vs factura real · Guía de Verifactu 2027.
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