¿Por qué los autónomos siempre tienen que hacer la Renta?
Si eres asalariado, puedes librarte de hacer la Renta en algunos casos. Si eres autónomo, no. Estás obligado a presentarla siempre, independientemente de cuánto hayas facturado.
La declaración de la Renta (modelo 100) es el ajuste anual de tu IRPF. Durante el año has ido adelantando pagos a Hacienda con el modelo 130 y las retenciones que te han aplicado tus clientes. En la Renta se hace la cuenta final: si has pagado de más, Hacienda te devuelve; si has pagado de menos, pagas la diferencia.
Plazos: cuándo se presenta
La campaña de la Renta se abre entre abril y junio del año siguiente al ejercicio fiscal. Es decir, la Renta del año 2026 se presenta entre abril y junio de 2027.
Las fechas exactas las publica la AEAT cada año, pero suelen ser:
- Inicio presentación online: principios de abril
- Inicio presentación telefónica: mediados de mayo
- Fin del plazo: 30 de junio
Si te sale a pagar y quieres domiciliar el pago, el plazo se acorta unos días (normalmente hasta el 25 de junio).
Las casillas clave del autónomo
La Renta de un autónomo tiene una parte extra que los asalariados no ven: las páginas de actividades económicas. Aquí es donde declaras:
Ingresos de tu actividad
Todos los ingresos facturados durante el año, incluyendo los que aún no hayas cobrado pero sí facturado (criterio de devengo).
Gastos deducibles
Todos los gastos que puedas justificar con factura y que estén vinculados a tu actividad. Los más habituales:
- Cuota de autónomos (Seguridad Social)
- Suministros si trabajas desde casa (30% proporcional)
- Material, software, formación
- Gestoría y asesoría
- Seguros profesionales
Retenciones soportadas
Las retenciones de IRPF que tus clientes te han practicado (15% estándar, 7% si eres nuevo). Estas se restan de lo que debes pagar.
Pagos fraccionados (modelo 130)
Lo que ya has adelantado trimestralmente también se resta.
Errores que cuestan dinero
- No incluir todos los gastos deducibles: cada gasto que olvidas es dinero que regalas a Hacienda
- Olvidar la deducción por maternidad/paternidad: si tienes hijos menores de 3 años, puedes deducir hasta 1.200€
- No aplicar la reducción por inicio de actividad: el primer año y el siguiente puedes tener una reducción del 20% sobre el rendimiento neto positivo
- Mezclar rendimientos: si tienes ingresos de alquiler, inversiones o trabajo por cuenta ajena además de tu actividad, cada uno va en su apartado
¿Mejor individual o conjunta?
Si tienes pareja y uno de los dos gana significativamente menos, la declaración conjunta puede salir más favorable. Pero no siempre. La regla general:
- Conjunta conviene si uno de los dos tiene ingresos muy bajos o nulos
- Individual conviene si ambos tienen ingresos similares
Haz las dos simulaciones antes de decidir. El programa de la AEAT te permite comparar.
Cómo lo hace Zerogest
Con Zerogest, tus ingresos, gastos y retenciones del año están ya registrados en la plataforma. Cuando llega la campaña de la Renta, tu gestor (en plan Pro o Total) prepara la declaración con todos los datos y te la presenta. Sin sorpresas, sin prisas de última hora, sin olvidar deducciones.