Primero: ¿es un requerimiento o una notificación cualquiera?
No todas las cartas de la Agencia Tributaria son requerimientos. Antes de actuar, identifica qué te ha llegado exactamente:
| Tipo | Qué significa | Plazo de respuesta |
|---|---|---|
| Requerimiento | Hacienda te pide documentación o aclaraciones | 10 días hábiles |
| Propuesta de liquidación | Hacienda ya ha calculado lo que cree que debes y te lo propone | 15 días hábiles para alegaciones |
| Liquidación provisional | Resolución firme de la AEAT que tienes que pagar o recurrir | 1 mes para recurso |
| Sanción | Te imponen multa además de la liquidación | 1 mes para recurso |
| Comunicación informativa | Solo te informan, no pide acción | Sin plazo |
El timing es crítico. Si no respondes en plazo a un requerimiento, Hacienda asume los datos que tiene (que casi siempre te perjudican) y emite liquidación de oficio. Mucho más caro que responder bien.
Si no estás seguro del tipo, lee bien el encabezado y el apartado "Plazo de respuesta" o "Recursos que proceden".
Cómo llega un requerimiento
Desde 2018, todos los autónomos están obligados a recibir notificaciones electrónicas. Te puede llegar por:
- Notificación electrónica en la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) o en Mi carpeta ciudadana → es lo más habitual.
- Notificación postal certificada → cada vez menos común, pero todavía pasa.
¡Importante! Las notificaciones electrónicas se consideran notificadas a los 10 días naturales de su puesta a disposición, aunque no las hayas abierto. Mucha gente se entera tarde porque no revisa la DEHú regularmente. Configura avisos por email en sede.agenciatributaria.gob.es.
Por qué te ha llegado: tipos más frecuentes
Los requerimientos más comunes en autónomos son:
1. Discrepancias en el modelo 303 o 130
Hacienda detecta que has declarado menos IVA o IRPF del que sus cruces de datos sugieren. Por ejemplo:
- Tus clientes empresariales declararon haberte pagado 30.000€ y tú declaraste 25.000€.
- Tus modelos 303 trimestrales no cuadran con el 390 anual.
- Stripe/Paypal reportaron a Hacienda más cobros que los que declaraste.
2. Gastos deducibles excesivos
Hacienda sospecha que has deducido gastos que no son afectos a la actividad. Te piden facturas y justificantes de los gastos sospechosos.
3. Operaciones intracomunitarias mal declaradas
Diferencias entre tu modelo 349 y los modelos equivalentes en otros países de la UE. Si tu cliente francés declaró haberte pagado 5.000€ y tú declaraste 3.000€, salta alarma automática.
4. No haber presentado un modelo
Hacienda te requiere para que presentes un modelo que falta (303, 130, 390, 347, 349, etc.). Si llegas a esta fase, ya pierdes la reducción del régimen extemporáneo de recargos del 1-15%. Te aplican régimen sancionador.
5. Verificación de domicilio fiscal o datos censales
Te piden actualizar datos. Suele ser informativo y sencillo de resolver.
Cómo responder: pasos
Paso 1: Lee todo y entiende qué piden
Léelo 2-3 veces. Subraya:
- Qué documentación o información te piden exactamente.
- Qué periodo o ejercicio afecta.
- Qué importes maneja Hacienda (te dará pistas de su cálculo).
- Cuál es el plazo y desde cuándo cuenta.
Truco: los requerimientos se reciben en formato PDF con casillas numeradas. Identifica las casillas concretas que mencionan. Te dicen exactamente qué dato Hacienda considera incorrecto.
Paso 2: Calcula el plazo real
Los 10 días hábiles cuentan desde el día siguiente a la fecha de notificación efectiva (no de envío). Si te llegó por electrónica, cuenta desde el día siguiente al acceso o desde los 10 días naturales de puesta a disposición (lo que ocurra antes).
Días hábiles = lunes a viernes excluyendo festivos nacionales/autonómicos. Sábados son inhábiles a efectos administrativos desde 2015.
Paso 3: Reúne la documentación
Lo más habitual que te piden:
- Facturas emitidas del periodo en disputa
- Facturas recibidas que justifican los gastos deducidos
- Justificantes de pago (transferencias, recibos, extractos)
- Libros de IVA (registro de facturas emitidas/recibidas)
- Movimientos bancarios de la cuenta del autónomo
- Contratos o aclaraciones específicas
Cuanto más ordenada esté tu contabilidad, más fácil será este paso. Si no la tienes ordenada, es la hora de pedir ayuda profesional.
Paso 4: Redacta tu respuesta
La respuesta debe contener:
- Encabezado identificando tu DNI/NIF, nombre completo, número del requerimiento y fecha.
- Cuerpo: explicación clara del motivo del requerimiento y tu respuesta. Si reconoces el error, dilo. Si discrepas, argumenta con datos y normativa.
- Documentación adjunta: todos los archivos enumerados.
- Fecha y firma electrónica con certificado digital.
Tono: formal, claro, sin emociones. No discutas: presenta hechos. Hacienda no responde a sentimientos, responde a documentos.
Paso 5: Presenta la respuesta
- Online (lo correcto): sede.agenciatributaria.gob.es → Mis expedientes → busca el requerimiento → Contestar.
- Por registro: no recomendable, hay que demostrar la entrega y el plazo es estrecho.
Guarda siempre el justificante de presentación (CSV de 16 dígitos que te emite la sede).
Qué pasa después de responder
Una vez presentada tu respuesta, Hacienda tiene 3 caminos:
| Resolución | Qué significa |
|---|---|
| Archivo del expediente | Tu respuesta convence. Caso cerrado, sin coste. |
| Propuesta de liquidación | No te creen del todo. Te proponen un ajuste con su cálculo. Tienes 15 días para alegaciones. |
| Apertura de procedimiento sancionador | Han detectado infracción, va a haber multa. Vas a tener que defender tu posición. |
Si llegas a propuesta de liquidación, sigue estos pasos:
- Lee los cálculos de Hacienda con detalle.
- Si estás de acuerdo: te pueden ofrecer acuerdo de conformidad con reducción del 30% en sanción. Suele ser la opción más barata si la cantidad no es grande.
- Si discrepas: alegaciones en 15 días con argumentación técnica + documentación.
- Si el caso es complejo o las cantidades son altas (>3.000-5.000€): asesoramiento profesional obligatorio. Un error en alegaciones puede costarte el doble.
Errores típicos al responder
- No abrir la notificación electrónica pensando que es spam. A los 10 días naturales queda notificada igualmente.
- Responder fuera de plazo sin pedir prórroga. Hacienda asume el peor escenario.
- Enviar documentación caótica, sin orden, sin enumerar. El inspector se enfada y rechaza más cosas.
- Dar explicaciones de más ("la verdad es que ese año fue complicado…"). Solo digas lo necesario.
- Reconocer culpas sin necesidad. Si Hacienda no tiene pruebas claras de tu error, no se las des tú voluntariamente.
- No guardar copia del envío. Sin el CSV, no puedes demostrar que respondiste a tiempo.
- Ignorar las propuestas de liquidación o sancionadores que llegan después. El silencio convierte una propuesta en liquidación firme.
Plazos clave en una sola tabla
| Documento | Plazo respuesta | Si no respondes |
|---|---|---|
| Requerimiento informativo | 10 días hábiles | Hacienda emite liquidación con sus datos |
| Propuesta de liquidación | 15 días hábiles | Se confirma la propuesta como liquidación |
| Liquidación firme | 1 mes para recurso reposición o económico-administrativo | Liquidación deviene firme, te embargan |
| Resolución sancionadora | 1 mes para recurso | Sanción firme, te embargan |
¿Puedes pedir más plazo?
Sí, una sola vez y por la mitad del plazo original:
- Requerimiento de 10 días → puedes pedir 5 días extra (total 15).
- Propuesta de 15 días → puedes pedir 7-8 días extra.
Para pedir prórroga, presenta solicitud en sede.agenciatributaria.gob.es antes de que se agote el plazo original (idealmente en los primeros días). Hacienda concede prácticamente todas si las pides bien.
Truco: si vas con el tiempo justo, pide prórroga primero y responde después. Te da margen y demuestra diligencia. Hacienda no te penaliza por pedirla.
Cuándo conviene un gestor
Hazlo solo si:
- El requerimiento es de datos censales simples (cambio de domicilio, alta/baja de actividad).
- Las cantidades en disputa son pequeñas (<500€).
- Tu contabilidad está completa, ordenada y limpia.
Busca ayuda profesional si:
- El requerimiento afecta a varios ejercicios o trimestres.
- Las cantidades superan los 1.000-2.000€.
- Te piden justificación de gastos deducidos y la documentación es laboriosa.
- Hay operaciones internacionales (modelo 349, IVA UE).
- Te llega propuesta de liquidación con cálculos que no entiendes.
- Te abren expediente sancionador.
El coste de un gestor para resolver un requerimiento (típicamente entre 100€ y 500€) suele ser una fracción mínima del coste que evita en sanciones.
Conclusión
Un requerimiento de Hacienda no es el fin del mundo, pero exige actuar con cabeza:
- Identifica el tipo y el plazo.
- Reúne la documentación ordenadamente.
- Responde clara, formal y dentro de plazo.
- Guarda siempre el justificante de presentación.
- Pide prórroga si vas justo de tiempo.
- Busca gestor si las cantidades son altas o el caso es complejo.
Lo peor que puedes hacer es ignorarlo. Una vez se cierra el plazo, las opciones se reducen y los costes se multiplican.
Y si lees esto antes de tener un requerimiento abierto: la mejor defensa es una contabilidad limpia y modelos presentados en plazo. Con eso, los requerimientos casi nunca llegan.