Los dos regímenes que puedes elegir
Como autónomo en España, tributas tu IRPF por rendimientos de actividades económicas. Para calcular esos rendimientos, Hacienda te ofrece tres regímenes:
- Estimación directa normal
- Estimación directa simplificada
- Estimación objetiva (módulos) — pero solo aplica a sectores muy concretos (transporte, hostelería, agricultura, etc.) y cada año se reduce más. La mayoría de autónomos NO puede acogerse a módulos.
Este artículo se centra en los dos regímenes directos, que son los que se aplican al 95% de autónomos.
¿Qué tienen en común?
Tanto la simplificada como la normal funcionan con la misma lógica:
Rendimiento neto = Ingresos − Gastos deducibles
Sobre ese rendimiento neto pagas IRPF según tu tramo (entre el 19% y el 47% en 2026).
La diferencia entre los dos regímenes está en:
- El tope de facturación que te permite elegir uno u otro.
- Cómo se deducen las amortizaciones.
- Si puedes deducir provisiones.
- Las obligaciones contables (más simples vs más estrictas).
Estimación directa simplificada
Es el régimen por defecto para casi todos los autónomos al darse de alta. Y es donde se quedan la inmensa mayoría toda su vida.
Requisitos para aplicarla
- Tu facturación neta del año anterior no supera los 600.000€.
- No renunciaste expresamente al régimen (renunciar te lleva a la normal).
- Tu actividad NO está en estimación objetiva (módulos).
Características
- Contabilidad muy ligera: solo necesitas llevar libro de ingresos, libro de gastos, libro de bienes de inversión y libro de provisiones (este último solo si los usas).
- No estás obligado a llevar contabilidad mercantil (no necesitas balance, cuenta de resultados ni libro diario).
- Amortización simplificada: existe una tabla específica con coeficientes que aplicas directamente, sin tener que calcular tú la vida útil.
- Deducción adicional por gastos de difícil justificación: puedes deducir un 5% adicional del rendimiento neto positivo, con tope de 2.000€/año. Esta deducción es un "comodín" sin requisitos: te la dan por ser simplificada.
- No se deducen provisiones (excepto pérdidas por créditos incobrables de difícil justificación).
Modelos que presentas
- Modelo 130: pago fraccionado IRPF trimestral (20% sobre el rendimiento neto acumulado del año).
- Modelo 303: IVA trimestral.
- Modelo 390: resumen anual de IVA.
- Modelo 100: declaración de la Renta anual.
Para quién es ideal
- Autónomos con facturación moderada (hasta 600.000€/año).
- Quienes no quieren complicarse con contabilidad mercantil completa.
- Profesionales liberales, freelances, comercio pequeño, consultores.
Estimación directa normal
Es el régimen "completo". Lo aplican autónomos de mayor volumen o aquellos que renuncian voluntariamente a la simplificada (por ejemplo, para poder deducir provisiones).
Cuándo es obligatoria
- Tu facturación neta del año anterior supera los 600.000€.
- Has renunciado expresamente a la simplificada (mediante el modelo 036/037).
La renuncia es por 3 años. Si renuncias a la simplificada, tienes que mantenerte en la normal mínimo 3 años antes de poder volver.
Características
- Contabilidad mercantil completa: libro diario, libro de inventarios y cuentas anuales, igual que una sociedad.
- Amortización según tabla oficial de elementos del inmovilizado material e intangible — más realista pero más laboriosa de calcular.
- Puedes deducir provisiones (insolvencias, garantías, riesgos diversos).
- No tienes la deducción del 5% por gastos de difícil justificación.
Para quién es ideal
- Autónomos con facturación alta (más de 600.000€).
- Negocios con muchas insolvencias o riesgos provisionables (consultores con impagos frecuentes, sectores con devoluciones, etc.).
- Profesionales que ya tienen gestoría completa y prefieren contabilidad más estructurada.
Tabla comparativa rápida
| Aspecto | Simplificada | Normal |
|---|---|---|
| Tope facturación anual | 600.000€ | Sin límite (es la obligatoria al superar 600k) |
| Contabilidad | Libros básicos | Contabilidad mercantil completa |
| Amortización | Tabla simplificada | Tabla oficial detallada |
| Deducción 5% gastos difícil justificación | Sí (máx. 2.000€/año) | No |
| Provisiones deducibles | No (solo insolvencias específicas) | Sí (todas las legalmente admitidas) |
| Renuncia | Voluntaria → pasas a normal | 3 años mínimo en normal antes de volver |
| Modelos a presentar | 130, 303, 390, 100 | 130, 303, 390, 100, libros mercantiles |
¿Cuál te conviene en la práctica?
Veámoslo con tres perfiles típicos.
Perfil 1: freelance digital con 25.000€/año de facturación
- Facturas 25.000€, tienes 4.000€ de gastos.
- Rendimiento neto = 21.000€.
En simplificada:
- Deducción 5% gastos difícil justificación: 21.000 × 5% = 1.050€ adicionales de deducción gratuita.
- Rendimiento neto real: 19.950€.
- IRPF aproximado: ~3.300€.
En normal:
- No tienes la deducción del 5%.
- Rendimiento neto real: 21.000€.
- IRPF aproximado: ~3.800€.
Diferencia: ~500€ más a pagar en normal. Simplificada gana de calle.
Perfil 2: consultor con 350.000€/año y muchos impagos
- Facturas 350.000€, tienes 80.000€ de gastos, y este año has tenido 15.000€ en facturas impagadas de clientes que han desaparecido.
- Rendimiento neto base = 270.000€.
En simplificada:
- Deducción 5%: 270.000 × 5% = ~13.500€ → pero el tope es 2.000€.
- No puedes provisionar los 15.000€ de impagos (salvo que cumplas los requisitos estrictos de "difícil justificación").
- Rendimiento neto real: 268.000€.
En normal:
- Puedes provisionar la pérdida por créditos incobrables: −15.000€.
- Rendimiento neto real: 255.000€.
Diferencia: 13.000€ menos de base imponible en normal → ahorro IRPF aproximado de 5.000-6.000€ a tu tipo marginal. Normal gana claramente.
Perfil 3: negocio físico con 700.000€/año
- Facturas 700.000€, gastos 500.000€.
- No tienes elección: la normal es obligatoria desde el momento en que el año anterior superaste los 600.000€.
Cómo cambiar entre regímenes
Los cambios se solicitan presentando el modelo 036 (o 037) durante el mes de diciembre del año anterior al que quieres que aplique el cambio.
Ejemplo: si en diciembre de 2026 presentas el 036 renunciando a la simplificada, en 2027 tributas por la normal (mínimo 3 años, hasta 2029).
Cuidado con los cambios automáticos. Si superas los 600.000€ de facturación en 2026, en 2027 pasas automáticamente a la normal sin necesidad de presentar nada. Y vuelves a la simplificada cuando bajes del umbral durante un año (siempre que no estés en el periodo de bloqueo de 3 años por renuncia previa).
Errores típicos
- Renunciar a la simplificada sin necesidad real — la deducción del 5% es un regalo que mucha gente pierde por mala asesoría.
- No saber en qué régimen estás — sí, pasa más de lo que parece. Al darte de alta, si no marcaste nada concreto, lo más probable es que estés en simplificada (es el régimen por defecto).
- Aplicar la deducción del 5% sobre el rendimiento neto negativo — no se puede. Solo aplica sobre rendimiento neto positivo.
- Llevar contabilidad mercantil completa en simplificada porque "es más profesional" — gasto de tiempo y dinero sin beneficio fiscal.
- Cambiar al revés — pasar de normal a simplificada antes de los 3 años de bloqueo. Hacienda lo rechaza y mantiene la normal.
Conclusión
Para el 99% de autónomos, la estimación directa simplificada es la elección correcta y es lo que ya tienes por defecto. La ventaja de los 2.000€ anuales de deducción "regalada" sin justificación supera con creces a las pequeñas ventajas de la normal.
Plantéate la normal solo si:
- Tu facturación supera ya los 600.000€/año (en ese caso, no eliges, es obligatoria).
- Tienes muchos impagos que quieres provisionar.
- Tu negocio tiene operaciones a largo plazo con riesgos diversos provisionables.
- Ya cuentas con gestoría completa y contabilidad mercantil estructurada.
Para todo lo demás, simplificada → menos papeleo, deducción del 5% de regalo, y misma cuota de Seguridad Social. Ganas tiempo y dinero.