Los dos modelos que presentas sí o sí
Como autónomo en estimación directa, tienes dos citas obligatorias con Hacienda cada trimestre:
- Modelo 303 — Autoliquidación del IVA
- Modelo 130 — Pago fraccionado del IRPF
El 303 es el IVA: cobras IVA a tus clientes, restas el IVA de tus gastos, y la diferencia la ingresas a Hacienda. El 130 es un adelanto del IRPF: el 20% de tus beneficios acumulados del año.
Ambos se presentan en las mismas fechas, así que los puedes hacer de golpe.
El calendario fiscal trimestral
| Trimestre | Periodo que cubre | Plazo de presentación |
|---|---|---|
| T1 | Enero – Marzo | 1 al 20 de abril |
| T2 | Abril – Junio | 1 al 20 de julio |
| T3 | Julio – Septiembre | 1 al 20 de octubre |
| T4 | Octubre – Diciembre | 1 al 30 de enero (del año siguiente) |
Fíjate que el T4 tiene 10 días más de plazo. No te confíes con los otros: del 1 al 20 es poco tiempo si no tienes los datos preparados.
Modelo 303 (IVA) — Cómo se calcula
La fórmula es simple:
IVA cobrado a clientes − IVA pagado en gastos = Lo que ingresas a Hacienda
Si en un trimestre facturas 5.000€ + 1.050€ de IVA (21%), y tus gastos deducibles tienen 300€ de IVA soportado:
- IVA repercutido: 1.050€
- IVA soportado: 300€
- Resultado: 750€ a ingresar
Si el resultado fuera negativo (más IVA pagado que cobrado), se compensa en trimestres siguientes. Solo puedes pedir devolución en el T4.
Modelo 130 (IRPF) — Cómo se calcula
20% × (Ingresos acumulados − Gastos acumulados) − Pagos anteriores − Retenciones
Es acumulativo: en T2 sumas los datos de T1 + T2 y restas lo que ya pagaste en T1. En T3 sumas T1 + T2 + T3, y así.
¿Cuándo NO estás obligado al 130?
Si más del 70% de tus ingresos del año anterior llevan retención de IRPF (porque facturas casi siempre a empresas), no estás obligado a presentar el 130. Pero el 303 sí, siempre.
Otros modelos trimestrales (según tu actividad)
No todos los autónomos presentan solo 303 y 130. Según tu situación:
| Modelo | Quién lo presenta | Cuándo |
|---|---|---|
| 111 | Si retienes a trabajadores o profesionales | Trimestral |
| 115 | Si pagas alquiler de local con retención | Trimestral |
| 349 | Si haces operaciones con la UE (intracomunitarias) | Trimestral |
¿Qué pasa si se me pasa el plazo?
Si lo presentas voluntariamente antes de que Hacienda te requiera: recargo del 1% + 1% adicional por cada mes de retraso (máximo 15% al año).
Si Hacienda te requiere primero: sanción del 50% al 150% de la cuota no ingresada. Mucho peor.
Consejo: aunque el trimestre te salga a cero, preséntalo igualmente. No presentar es peor que presentar con resultado cero.
¿Puedo presentar trimestrales e irme de vacaciones?
Sí, pero planifica. Los plazos de julio y octubre coinciden con verano y puente. Muchos autónomos lo dejan para el último día y luego se agobian.
La mejor estrategia: registra tus facturas y gastos en el momento (no a final de trimestre). Así cuando llega el plazo, solo tienes que revisar y presentar.
Cómo lo automatiza Zerogest
Con Zerogest, los modelos 303 y 130 se generan automáticamente a partir de tus ingresos y gastos registrados. La IA calcula las casillas, y si tienes plan Pro o Total, tu gestor colegiado los revisa y presenta ante la AEAT. Tú no tocas una calculadora.