Qué es el modelo 190
El modelo 190 es la declaración informativa anual de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF que has practicado durante el año sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, entre otros.
Dicho en sencillo: durante el año presentas cada trimestre el modelo 111 con el total de lo que has retenido. En enero, el 190 desglosa ese total persona por persona.
Es informativo: no se paga nada con él. El dinero ya lo ingresaste con los 111. Sirve para que Hacienda cruce tus datos con la Renta de cada persona a la que pagaste.
Quién tiene que presentarlo
Todo el que haya presentado algún 111 en el año. Para un autónomo, los dos casos típicos son:
| Caso | Ejemplo |
|---|---|
| Pagas facturas de profesionales con retención | Un diseñador, un abogado o un programador autónomo te factura con "-15% IRPF" |
| Tienes empleados | Las retenciones de sus nóminas |
El caso que más se olvida: no tener empleados no te libra. Si una sola vez en el año pagaste a otro profesional reteniéndole IRPF, presentaste 111 y te toca el 190. Lo explicamos en retención IRPF de profesionales.
Las retenciones de alquiler de local no van aquí: van en el 115 trimestral y su resumen anual es el modelo 180. Ver modelo 115.
Plazo
Del 1 al 31 de enero del año siguiente. El 190 de 2026 se presenta entre el 1 y el 31 de enero de 2027.
Coincide con el 4T del 111, que también vence el 20 de enero, así que conviene preparar los dos a la vez.
Qué datos lleva
El 190 tiene una parte de resumen (totales) y un registro por cada perceptor:
| Dato | Qué es |
|---|---|
| NIF del perceptor | De cada persona a la que retuviste |
| Nombre y apellidos | Tal como figuran en su NIF |
| Provincia | Código de provincia de su domicilio fiscal |
| Clave de percepción | Tipo de renta (ver abajo) |
| Subclave | Detalla el tipo dentro de la clave |
| Percepción íntegra | Lo que le pagaste antes de retener (la base, sin IVA) |
| Retenciones | Lo que le retuviste |
| Ejercicio de devengo | Si pagas en 2026 algo que correspondía a otro año |
Las claves que usa un autónomo
| Clave | Para qué |
|---|---|
| A | Rendimientos del trabajo: nóminas de empleados |
| G | Rendimientos de actividades económicas profesionales: facturas de diseñadores, consultores, abogados y demás profesionales con retención |
La subclave dentro de la G distingue, entre otras cosas, el tipo de retención aplicado (el general del 15% o el reducido del 7% de inicio de actividad). Elige la que corresponda a cada factura en el propio formulario de la AEAT, que la describe al seleccionarla.
El cuadre que Hacienda comprueba
La regla de oro:
Total de retenciones del 190 = suma de las retenciones de tus cuatro modelos 111 del año.
Si no cuadra, la AEAT te enviará un requerimiento. Las causas típicas:
- Una factura con retención pagada en un trimestre y declarada en otro (la retención se declara cuando pagas, no cuando recibes la factura).
- Un error en un 111 que nunca se corrigió.
- Un perceptor olvidado en el 190.
- Confundir percepción íntegra (base sin IVA) con el total de la factura.
Si el error está en un 111, corrígelo con una complementaria o una rectificación del trimestre afectado antes de presentar el 190.
Ejemplo
Durante 2026 pagaste:
- A una diseñadora autónoma: facturas por 4.000 € de base, retención del 15% → 600 €.
- A un programador que empezó su actividad este año: 2.000 € de base, retención del 7% → 140 €.
Tus cuatro 111 suman 740 € de retenciones. En el 190:
| Perceptor | Clave | Percepción íntegra | Retención |
|---|---|---|---|
| Diseñadora | G | 4.000 € | 600 € |
| Programador | G | 2.000 € | 140 € |
| Total | 6.000 € | 740 € |
Cuadra con los 111. Listo para presentar.
Cómo se presenta
Siempre por internet, en la Sede de la AEAT, con Cl@ve o certificado digital:
- Formulario web: para pocos perceptores, el autónomo típico. Introduces cada registro a mano.
- Fichero con el diseño de registro de la AEAT: para quien tiene muchos perceptores o un programa de nóminas que lo genera.
El certificado de retenciones
Presentar el 190 no es tu única obligación. A cada persona a la que retuviste tienes que entregarle un certificado de retenciones con lo que le pagaste y lo que le retuviste, antes de que empiece el plazo de la Renta.
Para tus empleados es imprescindible. Para los profesionales también: con él comprueban que la retención que figura en sus datos fiscales coincide con la que tú declaraste.
Qué pasa si lo presentas tarde o mal
Es una declaración informativa, así que la sanción no va por importe sino por datos:
- 20 € por cada dato o conjunto de datos referido a una misma persona que falte o sea incorrecto.
- Con un mínimo de 300 € y un máximo de 20.000 €.
- Si lo presentas tarde sin requerimiento previo de Hacienda, la sanción se reduce a la mitad.
Para un autónomo con dos o tres perceptores, el mínimo de 300 € es lo que cuenta. Es una multa cara para un trámite de diez minutos.
Errores frecuentes
- No presentarlo porque "no tengo empleados", cuando sí retuviste a profesionales.
- No cuadrar con la suma de los 111.
- Poner el total de la factura con IVA como percepción íntegra.
- Clave equivocada: profesionales en la A o empleados en la G.
- Meter los alquileres aquí en vez de en el 180.
- No entregar el certificado de retenciones a los perceptores.
- NIF o nombre mal escritos: el registro no casa con la Renta del perceptor y genera discrepancias para los dos.
Preguntas frecuentes
Presenté el 111 a cero en algún trimestre, ¿tengo que presentar el 190? Si en todo el año no retuviste nada, no hay perceptores que declarar. Si retuviste en algún trimestre, sí, con los perceptores de ese trimestre.
¿Y si dejo de retener a mitad de año? El 190 recoge todo el año natural: incluye a todos a los que retuviste en algún momento.
¿Puedo corregir un 190 ya presentado? Sí, con una declaración complementaria (para añadir perceptores olvidados) o sustitutiva (para reemplazarla entera).
¿Me retienen a mí, tengo que presentar el 190? No. El 190 lo presenta quien retiene, no quien sufre la retención. Tus clientes empresa declararán lo que te retuvieron a ti.
¿Si contrato a mi primer empleado cambia algo? Pasas a tener perceptores en la clave A además de la G. Más en contratar a tu primer empleado.
Resumen
- El 190 es el resumen anual e informativo de tus 111: se presenta del 1 al 31 de enero.
- Lo presenta todo el que haya presentado algún 111, tenga o no empleados.
- Un registro por perceptor: NIF, nombre, provincia, clave (A empleados, G profesionales), percepción íntegra y retención.
- La suma de retenciones tiene que cuadrar con los cuatro 111.
- Entrega el certificado de retenciones a cada perceptor.
- Sanción mínima de 300 € si falta o está mal.
¿Pagas facturas de profesionales con retención? Lo decimos claro: hoy Zerogest no prepara ni el 111 ni el 190, así que esos dos los tendrás que hacer por tu cuenta. Lo que sí hace es prepararte el 303 y el 130 de cada trimestre con tus facturas y gastos y, en el plan Total, el resumen anual de alquileres (180). Empieza desde 5,99€/mes. Sin permanencia, sin coste de alta. Ver planes.