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Impuestos 8 min de lectura

Autónomo sin ingresos: qué modelos tienes que presentar (303 y 130 a cero)

No has facturado nada este trimestre, pero sigues de alta. Sigues obligado a presentar el 303 y, según tu caso, el 130. Te explicamos qué es una declaración sin actividad, cómo se presenta, qué sanción hay por olvidarla y cuándo compensa darse de baja.

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Zerogest1 de septiembre de 2026
Lo esencial

No has facturado nada este trimestre, pero sigues de alta. Sigues obligado a presentar el 303 y, según tu caso, el 130. Te explicamos qué es una declaración sin actividad, cómo se presenta, qué sanción hay por olvidarla y cuándo compensa darse de baja.

La regla que sorprende a todo el mundo

Estar de alta obliga a declarar, aunque no hayas facturado un euro.

La obligación de presentar los modelos trimestrales no depende de que tengas ingresos. Depende de que estés dado de alta en el censo de empresarios y profesionales (el modelo 036/037) con esas obligaciones marcadas.

Si no has facturado nada, no pagas nada. Pero tienes que presentar el modelo igualmente, con importe cero. Se llama declaración "sin actividad" o "negativa" según el caso.

Es el error más caro de los que se cometen por desconocimiento, porque genera sanciones por algo que no habría costado ni un euro presentar a tiempo.

Qué modelos tienes que presentar sin ingresos

Depende de qué obligaciones marcaste en tu 036 o 037. Estas son las habituales:

Modelo ¿Obligado sin ingresos? Cómo se presenta
303 (IVA trimestral) Sí, mientras estés de alta en IVA Marcando "sin actividad"
130 (pago fraccionado IRPF) Sí, si tienes esa obligación marcada Resultado 0, "negativa"
111 (retenciones a terceros) Solo si has practicado retenciones Si no retuviste, no presentas
115 (retención alquiler) Sí, si sigues pagando el alquiler Si no pagaste renta, no hay que presentar
349 (intracomunitarias) No, si no hubo operaciones Solo si hay operaciones
390 (resumen anual IVA) Sí, si estás obligado al 303 En enero, con todo a cero

La distinción importante:

  • 303 y 130 son autoliquidaciones periódicas: se presentan por el hecho de estar de alta, haya o no movimiento.
  • 111, 115, 349 son declaraciones informativas o de retenciones: solo se presentan cuando hay hecho declarable.

Calendario completo de plazos en impuestos trimestrales del autónomo.

El modelo 303 sin actividad

Sin actividad vs. resultado cero: no es lo mismo

Aquí hay una distinción que casi nadie explica bien y que cambia lo que marcas en el formulario:

Situación Qué marcar
No has emitido facturas ni has tenido gastos con IVA Casilla "Sin actividad"
No has facturado, pero sí has tenido gastos con IVA deducible Resultado "A compensar" (no sin actividad)
IVA repercutido = IVA soportado Resultado cero
Has facturado y sale a devolver (solo 4T) "A devolver"

Marcar "sin actividad" cuando en realidad has soportado IVA es un error que te hace perder ese IVA deducible. Si compraste un ordenador, pagaste el hosting o te llegó la factura del asesor, tienes IVA soportado: eso va en la declaración y se acumula "a compensar" para trimestres siguientes.

Este es el consejo que más dinero salva en este artículo. Un trimestre sin ingresos pero con gastos no es un trimestre "sin actividad". Es un trimestre a compensar. Ese saldo lo recuperas contra el IVA de trimestres futuros, y puedes arrastrarlo hasta 4 años.

Cómo se presenta

El proceso es el mismo que el de un 303 normal, solo que dejando las casillas a cero o marcando la casilla de sin actividad. Paso a paso completo en presentar el modelo 303 tú mismo en la AEAT y en la guía completa del modelo 303.

Necesitas Cl@ve PIN, certificado digital o DNI electrónico. No hay domiciliación que hacer porque no hay importe.

El modelo 130 sin ingresos

El 130 es el pago a cuenta del IRPF. Su resultado se calcula como el 20% del rendimiento neto acumulado del año, menos lo ya pagado en trimestres anteriores.

Sin ingresos, el resultado sale cero o negativo, y se presenta como declaración negativa.

Dos matices importantes

1. El 130 es acumulativo dentro del año. Si en el 1T ganaste 5.000 € y pagaste, y en el 2T no facturas nada pero tuviste gastos, el resultado del 2T puede salir negativo. Se presenta igual, con resultado cero a ingresar, y el exceso se arrastra.

2. Puede que ni siquiera estés obligado al 130. Si eres profesional y al menos el 70% de tus ingresos llevaron retención de IRPF en factura, estás exento de presentar el 130. En ese caso no tienes que presentarlo ni con ingresos ni sin ellos.

Detalle completo en modelo 130: pago fraccionado de IRPF y en retención de IRPF para profesionales.

Qué pasa si no lo presentas: la sanción

Aquí está el problema. No presentar una declaración sin perjuicio económico para Hacienda (es decir, que salía a cero) tiene su propia sanción en el artículo 198 de la Ley General Tributaria:

Situación Sanción
No presentas y Hacienda te requiere 200 € por declaración
Presentas tú fuera de plazo, sin requerimiento previo 100 € (reducción del 50%)

Parece poco hasta que multiplicas. Un autónomo que estuvo un año entero de alta sin actividad y no presentó nada acumula 4 modelos 303 + 4 modelos 130 + 1 modelo 390 = 9 declaraciones. A 200 € cada una son 1.800 € por no haber presentado unos formularios que valían cero.

Si te das cuenta tarde, presenta tú antes de que te requieran. Reduces la sanción a la mitad y evitas que el expediente escale. Cómo hacerlo en regularizar el 303 y el 130 fuera de plazo.

Y si ya te ha llegado la carta, cómo responder a un requerimiento de Hacienda.

La cuota de autónomos se paga igual

Conviene decirlo claro porque es la otra mitad del problema: la cuota de RETA no depende de tus ingresos del trimestre.

Con el sistema de cotización por tramos, cotizas según los rendimientos netos que previste al elegir tu base. Si tu previsión era optimista y luego no facturaste, sigues pagando esa cuota todos los meses.

Lo que sí puedes hacer: cambiar tu base de cotización para bajarla. Se puede hacer hasta seis veces al año, con fechas de efecto concretas. Ver base de cotización: cómo elegirla y cuota de autónomos 2026 por tramos.

Al final del año, la Seguridad Social regulariza: si cotizaste por encima de tus rendimientos reales, te devuelven la diferencia.

¿Compensa darse de baja?

Si prevés varios meses sin actividad, la pregunta es legítima. Los números:

Concepto Seguir de alta Darse de baja
Cuota RETA mensual Se paga íntegra 0 €
Modelos trimestrales Hay que presentarlos a cero No, salvo el trimestre de baja
Cobertura sanitaria y por IT No (salvo otra cobertura)
Continuidad para tarifa plana Se mantiene Se puede perder
Antigüedad para jubilación Sigue sumando Se para
Coste de volver 0 € 0 €, pero papeleo

Cuándo NO conviene darse de baja

  • Estás disfrutando de la tarifa plana. Si la cortas, pierdes los meses restantes de bonificación. Ver tarifa plana de autónomos.
  • El parón es de uno o dos meses. Las altas y bajas repetidas en el mismo año llaman la atención y complican el cálculo del sistema de tramos.
  • Vas a seguir emitiendo alguna factura suelta. Facturar estando de baja en el censo es un problema mayor que la cuota que te ahorras.

Cuándo sí

Un parón largo y claro: cierras la actividad, te vas a trabajar por cuenta ajena, te marchas fuera. Ahí la baja tiene sentido. Proceso en darse de baja de autónomo paso a paso.

Importante: la baja en Hacienda (036/037) y la baja en la Seguridad Social (RETA) son dos trámites distintos. Hacer solo uno es el fallo clásico: si te das de baja en RETA pero sigues de alta en el censo de Hacienda, sigues obligado a presentar los 303 y los 130.

Preguntas frecuentes

Si no facturo nada en todo el año, ¿tengo que hacer la Renta?

Depende de tus rentas totales, no solo de la actividad. Si estuviste de alta como autónomo en algún momento del año, en la práctica conviene presentarla aunque los rendimientos sean cero, porque las pérdidas de la actividad pueden compensarse. Ver declaración de la Renta del autónomo.

¿Tengo que presentar el modelo 390 si no he tenido actividad?

Sí, si estás obligado al 303. Se presenta en enero con los totales a cero. Ver modelo 390.

¿Puedo deducir gastos de un trimestre sin ingresos?

Sí. Los gastos vinculados a la actividad son deducibles aunque no haya ingresos en ese periodo. El IVA soportado va "a compensar" y el gasto reduce el rendimiento neto anual. Ver gastos deducibles: lista completa.

Llevo tres trimestres sin presentar nada, ¿qué hago?

Presenta los tres, uno a uno, cuanto antes y por tu cuenta. Sanción de 100 € por declaración en vez de 200 €, y cierras el problema antes de que Hacienda lo abra.

¿Y si tengo IVA a compensar acumulado y me doy de baja?

En la última declaración puedes solicitar la devolución del saldo pendiente en lugar de dejarlo a compensar. Si te das de baja sin hacerlo, recuperar ese dinero después es mucho más complicado.

Resumen

  • Estar de alta obliga a presentar, aunque no hayas facturado nada.
  • 303 y 130 se presentan siempre; 111, 115 y 349 solo si hubo hecho declarable.
  • Sin ingresos pero con gastos, el 303 no es "sin actividad": es "a compensar". No marques mal la casilla o pierdes ese IVA.
  • Sanción por no presentar una declaración a cero: 200 €, o 100 € si la presentas tú antes del requerimiento.
  • La cuota de RETA se paga igual. Lo que puedes hacer es bajar tu base de cotización.
  • Darse de baja solo compensa en parones largos, y hay que hacerlo en Hacienda y en la Seguridad Social, no solo en uno.

Más lecturas: Modelo 303: guía completa · Modelo 130: pago fraccionado · Calendario de impuestos trimestrales · Regularizar fuera de plazo · Darse de baja de autónomo.


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